Cómo reclamar los daños o perjuicios ocasionados por el apagón en España

Tras el apagón que dejó sin suministro a millones de hogares y negocios en España y Portugal, es el momento de que los afectados presenten reclamaciones que les compensen por los daños sufridos. Estos son los plazos y procedimientos.

Ya es posible reclamar los daños sufridos por el apagón en la península ibérica.

El histórico apagón que dejó sin electricidad a gran parte de España el pasado lunes 28 de abril ha generado múltiples perjuicios en hogares, negocios y servicios públicos.

Mientras se esclarecen las circunstancias del apagón, es importante que los afectados actúen con diligencia para proteger sus intereses y obtener las compensaciones correspondientes.

Ya es posible presentar reclamaciones por los daños sufridos. Te contamos los pasos a seguir y los derechos que asisten a los consumidores.

Documentar los daños

El primer paso a realizar es recopilar las pruebas de los perjuicios sufridos. Es necesario tomar fotografías de alimentos estropeados, electrodomésticos dañados y conservar las facturas o tickets de compra para reponerlos o repararlos.

Es recomendable anotar la fecha, hora y duración del apagón en tu zona, así como cualquier incidencia relacionada. Estas evidencias serán fundamentales a la hora de presentar reclamaciones ante aseguradoras o compañías eléctricas.

Reclamaciones al seguro del hogar

La mayoría de las pólizas de seguro de hogar incluyen una cobertura básica por la pérdida de alimentos refrigerados –normalmente se exige que la cadena de frío se haya roto un mínimo de 6 horas– y que suele estar limitada económicamente.

También es común que exista cobertura por daños eléctricos o averías en electrodomésticos debidas a subidas de tensión.

Recuerda conservar las facturas de los servicios técnicos por la reparación de electrodomésticos afectados por la subida de tensión.

Por eso, debes revisar las condiciones de tu póliza antes de contactar con tu aseguradora para conocer el procedimiento de reclamación, que debe realizarse antes de que se cumplan siete días del apagón.

Ten en cuenta que algunas compañías pueden requerir informes técnicos que certifiquen la relación entre el daño y el apagón. Y también que, si este se considera una causa de fuerza mayor, las aseguradoras podrían no asumir responsabilidades.

Reclamaciones a la compañía eléctrica

Si los daños se deben a una subida de tensión tras el restablecimiento del suministro, también es posible presentar una reclamación a la empresa distribuidora de electricidad. Esta información suele encontrarse en la factura eléctrica.

El procedimiento de reclamación pasa por enviar un escrito al servicio de atención al cliente de tu compañía distribuidora, aportando toda la documentación recopilada (facturas o tickets de los productos estropeados, fotos…).

Si no se obtiene respuesta o esta es insatisfactoria, se puede poner una reclamación en la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de tu comunidad autónoma (en este enlace puedes consultar la tuya), en la Oficina de Información al Consumidor municipal más cercana a tu domicilio o a través de internet.

Compensaciones por interrupciones en el transporte

Los pasajeros afectados por cancelaciones o retrasos en trenes y vuelos tienen derecho al reembolso del billete o a ser reubicados en otro medio de transporte. Las compañías también deben proporcionar asistencia básica, como comida, bebida y alojamiento si es necesario.

Los viajeros tienen derechos específicos que les protegen en caso de cancelaciones o retrasos.

Recuerda que es importante conservar los recibos de gastos adicionales en los que se haya tenido que incurrir ante posibles reclamaciones.

Daños en negocios y pérdida de ingresos

Los propietarios de negocios que hayan sufrido pérdidas económicas debido al apagón pueden reclamar por el lucro cesante, es decir, las pérdidas ocasionadas por la interrupción de su actividad.

Para ello, hay que consultar las coberturas del seguro empresarial para comprobar si están contratadas garantías específicas y sofisticadas como el fallo de suministro eléctrico público.

Después habrá que documentar los daños y demostrar la relación directa entre el corte eléctrico y la pérdida de ingresos (las compañías pueden enviar a un perito), que habrá que justificar mediante las cuentas oficiales de la empresa, por ejemplo.

Ausencia involuntaria en el puesto de trabajo

Quienes no hayan podido acudir a su puesto de trabajo a causa del apagón, ajena al trabajador, no tendrá ninguna responsabilidad ni obligación de recuperar las horas no trabajadas.

Esta garantía está contemplada en el artículo 30 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que «si el trabajador no pudiera prestar sus servicios una vez vigente el contrato porque el empresario se retrasase en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no al trabajador, este conservará el derecho a su salario, sin que pueda hacérsele compensar el que perdió con otro trabajo realizado en otro tiempo».

Este derecho también es aplicable a los trabajadores que prestan sus servicios mediante la modalidad de teletrabajo, según establece el Tribunal Supremo de 26 de junio de 2024: "El tiempo en el que un teletrabajador sufre una avería o incidencia, como la caída de la red de internet o un corte de luz, cuenta como tiempo efectivo de trabajo".